Preguntas del LIVE del 14/06/2023 y sus respuestas

 Recientemente tuve la oportunidad de atender la invitación de Grupo Taras para hacer un Live sobre los malos vecinos y sobre  la forma de atender conflictos derivados de esa relación con estos propietarios

Fue una jornada bastante interesante, de la cual surgieron algunas preguntas que dejaremos en esta entrada del Blog, para que las tengan a mano

Se transcriben las preguntas textualmente como las hicieron, algunas tienen una pequeña edición para facilitar su comprensión:

 

CONFLICTOS POR CONVIVENCIA

 

 "No respeta las horas de trabajo, se le reclama y se enfrenta a uno. Hasta la denuncia con la policía me puso, tiene peleas con más del 40% del edificio. Que se puede hacer?"

 

R= Aquí estamos en presencia del propio vecino conflictivo

LA SANA CONVIVENCIA y la tranquilidad comunitaria, que deseamos todos, puede encontrar un cauce, y eso puede lograrse si solicitamos la mediación de la autoridad competente

En este caso, tenemos la Justicia de Paz Comunal que promueve el arbitraje, la conciliación y la mediación para lograr la armonía en relaciones de convivencia vecinal y comunitaria

 

- "Vivo en planta baja y los vecinos de los pisos de arriba lavan sus casas con agua y jabón incluso ventanas y todo  cae al frente de mi apartamento y a mis ventanas,  donde puedo denunciar este tipo de casos"

 

R= Agotada la via conciliatoria con su vecino, puede acudir ante Justicia Municipal de su Alcaldía, recordemos que esta instancia es competente para atender este tipo de conflictos comunitarios

 

- "Tengo al lado unos vecinos que poseen 2 perros de supuesta agresividad y ladran intensamente cuando salen las personas que habitan el inmueble, se oyen hasta en la entrada del conjunto, de paso usan las barandas para colgar ropa y trapos a secar y colocan objetos mas allá de los límites del frente de su apartamento".

R= En este caso no solo se trata de incumplimiento del artículo 3 de la Ley que impone a los propietarios unas Normas de USO y DISFRUTE de cada apartamento, sino que adicionalmente hay hechos relacionados con tenencia de mascotas, que bien pueden tramitarlo ante la sede de Justicia Municipal, inclusive tienen la Misión Nevado, que pudiera apoyarles en este tipo de conflictos

 

-  "Los vecinos que no toman en cuenta que su piso es el techo del otro , o que hacen reparaciones hasta muy entrada la noche".

 R= Reflexión: es importante que la comunidad tenga un Reglamento de remodelaciones y reparaciones, donde se establezcan horarios y límites que propendan a garantizar la paz y la tranquilidad a la comunidad, y no solo eso, divulgarlo a la comunidad. Solo así podemos instar a su cumplimiento.

 Tenemos también unas normas de uso y disfrute de los inmuebles, y una de ellas está relacionada con la perturbación a la tranquilidad, en estos casos tenemos varias instancias y las veremos más adelante  ya que hemos agrupado las respuestas 

 

Malos vecinos!!! Buenas tardes, No quisiera perder la oportunidad de ver este live ya que para algunos vecinos la confrontación por todo es imperante, no importa si los beneficia, que se quejan de todo porque nada les parece, todo les perturba, los que son tan exigentes pero que no corresponden cuando les tocavecinos que quieren hacer la ley a conveniencia derivados de las relaciones personales, y los que prefieren ver las áreas comunes  deterioradas porque según no hay dinero, se entiende que la situación país a todos nos afecta pero tampoco se puede dejar que un edificio sea inmerso en el deterioro por dos o tres que quieren hacer siempre su voluntad sin importar la necesidad de los demás, sin importar la opinión de los demás, los que quieren hacer de un edificio cosa propia y mandar como su fueran los dueños a cuenta de los años de habitabilidad, 

 R= Con respecto a esto es importante destacar que todas las decisiones que no solo beneficien la convivencia comunitaria, sino que fortalezca las finanzas comunes, son las que adopte la mayoría, que serán obligatorias inclusive para aquella minoría que manifieste parecer contrario.

 

APROPIACIÓN DE AREAS COMUNES

 - "Un tema interesante es la apropiación de áreas comunes y el no acatar lo establecido en la LPH y el Documento de Condominio. Algunos vecinos se amparan en acciones ocurridas en gestiones de juntas anteriores para hacer lo que quieren"

R= En este caso la Junta de Condominio juega un rol importante, ya que no solo debe velar por el cumplimiento del Documento de Condominio, sino que tiene una facultad especialísima que le concede la Ley en el articulo 18, norma que le confiere una Potestad reglamentaria en materia de correcto uso de áreas comunes

 

CHAT VECINAL – GRUPOS DE WHATSAPP

- "Para escribir en el Chat hay que tener una gran educación y no herir a personas. Siempre son las mismas. Por lo general son personas que no saben trabajar en equipo"

R= El Chat comunitario del Condominio es de atención y cuidado. Si la comunidad decide abrir un grupo de Whatsapp que es lo común en los edificios, se debe hacer con la responsabilidad que el caso amerita, y por parte de quien tenga autoridad para hacerlo

La recomendación es que se fijen reglas, se establezcan horarios y entendiendo que esa dinámica de esta herramienta de mensajería instantánea debe aprovecharse su utilidad para temas operativos, del quehacer diario, de la información que requiere inmediatez

 - "nosotros tenemos un grupo de WhatsApp con todos los propietarios de nuestra Res. Que hay de cierto que no se puede publicar la lista de morosos?

R= La recomendación es que el listado de cuentas por cobrar a propietarios, así como otros documentos de interés común, sea remitido por correo electrónico según la base de datos de propietarios que tenga el edificio.

  El Grupo de Whatsapp tiene una utilidad práctica propia de esta herramienta de mensajería instantánea y no es la vía idónea para divulgar este tipo de información

 

"Tenemos un caso donde es un inquilino quien abrió el Chat comunitario y es quien controla todo lo que allí se trata"

R= Es importante saber que este mecanismo de mensajería instantánea debe ser abierto, manejado, controlado por quien tenga cualidad para hacerlo. En estos casos se trata de la Junta de Condominio

Grupos que abren los propietarios de manera unilateral, los inquilinos, para ventas, para actividades del condominio pero que no guardan relación con las comunicaciones de la Junta, son eso, un chat informal que tiene efectos solo entre quienes participan en el mismo, por tanto la Junta no es responsable por la información allí difundida

En estos casos, la comunidad debe conocer de esta circunstancia y la Junta debe hacer saber a los propietarios y a aquellos quienes abran canales de información ajenos a la autoridad designada por Asamblea, que tales grupos no cuentan con la autorización de la Junta

JUNTAS DE CONDOMINIO

 - "dónde vivo se han apropiado de las azoteas colocando tanques de agua y en parte de los estacionamientos taller mecánico a tal punto de traer carros de la calle todos los días molestando y perturbando la paz y la tranquilidad de los que estamos cerca de ese estacionamiento y la junta no hace nada".

 

R= La recomendación es que los propietarios interesados se unan y soliciten  reunión con la Junta y los demás Copropietarios para atender estos asuntos de interés común, inclusive pueden solicitar que en tal reunión esté presente un funcionario de conciliación o participación ciudadana de su Alcaldía.

 

 "los que conforman Juntas de condominio complaciendo a un grupo"

 R= Recordemos que es la Asamblea legalmente convocada y celebrada, la que designa a la Junta de Condominio. Son los propietarios los que designan a los miembros de la Junta, de allí la importancia de participar en los procesos de toma de decisiones de nuestro edificio.

 Articulo para revisar: Art 18

 

 CARGOS DE GASTOS SIN JUSTIFICATIVOS

 -  Y los casos de las juntas abusadoras que actuando al margen de la ley hacen cargos ilegales "por supuestos daños" ? No hay en Venezuela un organismo coercitivo que le de un "stop" así como que ingresan empleados y aumentan la plantilla a discrecionalidad, y no existe  organismo que defienda nuestros derechos, el sundee, policía municipal, jefatura, ministerio público, fiscalía, nadie, absolutamente nadie solventa estos casos 

 R= para casos donde los propietarios han agotado las vías conciliatorias, inclusive han acudido en primera instancia a su Junta y Administrador, y ante los organismos de participación ciudadana, y aún así no logran solventar y siguen los cargos injustificados como el caso planteado, es importante saber que la comunidad tiene la vía de Demandar por Rendición de Cuentas, un proceso judicial donde la comunidad recibirá de parte de quien administra sus fondos, la relación pormenorizada y con los respectivos soportes correspondientes a los Gastos Comunes

 

PASOS A SEGUIR ANTE SITUACIÓN CON LOS MALOS VECINOS - Señalar a qué organismos se puede acudir para solventar situaciones con ellos.


1. Contacte a su vecino de manera directa

2. Solicite la intervención de la Junta de ser necesario

3. Tenemos la Justicia Municipal que es competente para atender procesos de conciliación por conflictos comunitarios

4. Si es necesario, podemos solicitar el apoyo de órganos de Policia

5. Podemos acudir ante el Ministerio Público si la circunstancia así lo amerita 


MOROSIDAD

Morosidad extrema, vecinos que no quieren pagar sus deudas aunque se les haya notificado varias veces. 

 

R= Agotadas las vías ordinarias de cobranza, llámese comunicaciones, llamadas, mensajes, y otras tendentes a lograr el pago adeudado, tienen la vía judicial a través de la Demanda ante el tribunal competente, recordemos que es un proceso ejecutivo donde el inmueble del deudor puede ser objeto de Embargo Ejecutivo, inclusive remate del mismo si no se logra el pago de la deuda

 

"en qué organismo uno tiene que acudir para tramitar el problema de morosidad en las alícuotas del condominio"

R= no tendríamos por qué acudir ante ningún organismo para que el propietario entienda que su obligación de pago al Gasto Común, nace desde el mismo momento que adquiere un inmueble, en esos casos de deudas por Gastos Comunes, el órgano competente es el tribunal de la jurisdicción donde se encuentre el inmueble

 - Qué hacer con los morosos extremos

R= Agotadas las gestiones de cobranza, inclusive las actividades de intervención de la Junta para procurar el pago de la deuda, nos queda abierta la via judicial, y aquí es importante saber que no necesitamos autorización de la Asamblea, sino que la Junta está facultada para efectuar las diligencias previas a un eventual proceso de Demanda por la Via Ejecutiva

 

Finalmente, agradezco a todos por su participación y les dejo un importante recordatorio y unas reflexiones: 

PARA RECORDAR:

MAXIMA AUTORIDAD

La Asamblea de Propietarios es la máxima autoridad del inmueble. LA JUNTA DE CONDOMINIO tiene funciones muy específicas en la Ley, en el articulo 18 se establecen sus funciones, y lo demás queda a potestad de una Asamblea de Copropietarios

 

REFLEXIONES 

Hay 3 claves en toda comunidad:

 

LA UNIÓN COMUNITARIA

LA COMUNICACIÓN

LA PARTICIPACIÓN

 

son claves para el mantenimiento y la revalorización de nuestro inmueble, unidos como comunidad, que vela por un interés común, lograremos preservar nuestra propiedad que ya ha mermado su valor por la situación que nos aqueja a todos

Adicional por supuesto a otros valores que deben prevalecer en un condominio como lo son

 

EL RESPETO

LA TOLERANCIA

LA EMPATIA

 

 

Los artículos citados corresponden a la Ley de Propiedad Horizontal vigente. Gaceta Oficial numero 3.241 del 18 de agosto de 1983

 

Gracias a todos por su participación

 

Abog. Yelitze Cortez

 

 

 

Comentarios

  1. Muy buenos días!!! Puede la Junta de Condominio exonerar la deuda total del condominio a copropietarios y miembros de la misma Junta morosos??? En especial los recibos de condominio dónde se haya cargado por ejemplo: cuotas para arreglar un ascensor, los cuales ya un 90% (36 apartamentos de un total de 40) de la comunidad canceló, exceptuando 4 copropietarios???

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